Nuevo canal de denuncias ¿es obligatorio para mi empresa?

complaints channel

El próximo 13 de marzo entrará en vigor la Ley 2/2023, de 20 de febrero, que establece la obligación de implantar un “sistema interno de información” o, lo que es lo mismo, un canal de denuncias.

¿Qué es un canal de denuncias? 

El sistema interno de información es un canal de denuncias mediante el cual cualquier trabajador o profesional relacionado con la empresa podrá comunicar a la propia entidad la posible comisión de un delito o infracción administrativa grave o muy grave.

Los profesionales y las empresas habituados a los sistemas de compliance penal, les resultará familiar esta nueva obligación legal puesto que cuando se elaboraba e implantaba en el seno de una compañía un plan de compliance penal, una de las consecuencias que venía aparejada a esta implantación era la creación de un canal o buzón de denuncias, bien físico o telemático.

¿Qué tipo de hechos o infracciones pueden comunicarse en un canal de denuncias?

Principalmente, las acciones u omisiones que puedan constituir infracciones penales o administrativas graves y muy graves.

¿Afecta solo a las empresas?

No, la indicada ley se aplica tanto en el sector privado, como en el público (corporaciones municipales, fundaciones…).

¿Quién puede denunciar a través de este canal?

En resumen, todos los que hayan tenido información de una infracción en un contexto laboral o profesional.

¿Qué requisitos debe cumplir ese canal de denuncias?

  • Que garantice la confidencialidad del informante y de cualquier tercero mencionado en la comunicación o denuncia, y de las actuaciones que se lleven a cabo en la gestión y tramitación de la misma.
  • Que puedan ser presentadas por escrito o verbalmente, o de ambos modos.
  • Que sea recibido por la propia entidad u organismo en primer lugar.
  • Que haya un responsable del sistema.
  • Contar con un procedimiento de gestión.
  • Contar con una política o estrategia que enuncie los principios generales en materia de sistemas interno de información y defensa del informante, y que sea conocida internamente por la organización.

¿Quién puede ser responsable del Sistema interno de información?

Una persona física o un órgano colegiado.

¿Quién la designa en el caso de las empresas?

El órgano de administración, que también aprobará un procedimiento de gestión de las informaciones o denuncias.

Si no lo hago, ¿a qué me expongo?

A sanciones de hasta 100.000 euros, en adelante.

Y una de las preguntas más importantes: ¿está mi empresa obligada a implantar este sistema interno de información?

Si mi empresa tiene 50 o más trabajadores, sí estoy obligado.

En definitiva, esta nueva norma viene a establecer un mecanismo para evitar la comisión de delitos y de infracciones administrativas graves y muy graves. La idea de fondo, refiriéndonos a las empresas, no es establecer un sistema de chivatos sino la de favorecer a nivel corporativo una cultura empresarial lo más ética y legal posible.

¿Cuáles son las fechas límite para implantar el canal de denuncias?

  • 13 de junio de 2023 para las empresas que cuenten con 250 trabajadores o más
  • 1 de diciembre de 2023 para las empresas de entre 50 y 249 trabajadores

Otra de las conclusiones importantes a la que nos permite alcanzar la nueva ley es que, en relación al requisito de que las organizaciones cuenten con una política o estrategia que enuncie los principios generales en materia de sistemas interno de información y defensa del informante, en paralelo a la implantación de este canal de denuncias o sistema interno de información, resulta más que necesario tener un sistema de Compliance penal implantado en tu empresa u organización.

Si tienes dudas sobre cómo implantar este canal de denuncias en tu compañía o quieres que te ayudemos no dudes en contactarnos.

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