Orden ministerial de certificación de empresas emergentes: análisis en detalle

Certificación empresas emergentes

El 20 de julio de 2023 el Ministerio de la Presidencia aprobó la Orden PCM/825/2023, que regula el procedimiento de certificación de empresas emergentes, previsto en la Ley 28/2022, de Startups. Entró en vigor al día siguiente, el 21 de julio de 2023, tras su publicación en el BOE.

Si no sabes si tu empresa puede optar a la certificación, necesitas ayuda para conseguir la documentación o para redactar las memorias necesarias, o simplemente tienes dudas sobre el proceso y te gustaría iniciarlo con todas las garantías, ya puedes contactar con uno de nuestros especialistas, que te guiarán a través de todo el proceso. Puedes ponerte en contacto con nosotros aquí.

 A continuación puedes encontrar un resumen de los requisitos previstos en la Orden PCM/825/2023 y del proceso de certificación gestionado por ENISA.

 

¿Para qué sirve la Orden PCM/825/2023?

La Orden PCM/825/2023 establece los requisitos y procedimientos necesarios para que una startup obtenga la certificación de empresa emergente, prevista en la Ley 28/2022, de empresas emergentes, popularmente conocida como la Ley de Startups.

La aprobación de la Orden ministerial es el requisito previsto en esa norma para que ENISA abra el procedimiento de certificación, que permitirá a las startups españolas beneficiarse de las ventajas en la norma, entre las que destaca una mejora en la tributación de las stock options (opciones de compra de acciones), el acceso al capital de inversores y emprendedores extranjeros o la simplificación de trámites en la constitución.

 

¿Qué documentación necesito para iniciar el procedimiento?

La documentación inicial prevista en el artículo 7 de la Ley es la siguiente:

a) Documentación acreditativa de la empresa solicitante.

b) Número de identificación fiscal.

c) Escritura pública de constitución.

d) Cuentas anuales cerradas del último ejercicio.

e) Certificado de estar al corriente de pagos con Hacienda.

f) Certificado de estar al corriente de pagos con la Seguridad Social.

g) Declaración responsable del cumplimiento de requisitos de los artículos 3 y 6 de la Ley 28/2022, de 21 de diciembre.

h) Plan de negocio.

Además de estos documentos, la empresa deberá justificar el cumplimiento de los requisitos establecidos tanto en la Ley de Startups como en los artículos 4 y 5 de la Orden.¿Qué requisitos debe cumplir una empresa emergente para conseguir la certificación?

La Ley de Startups incluye varios requisitos formales que las empresas emergentes deben cumplir para conseguir la certificación. Puedes encontrarlos aquí: https://metricson.com/nueva-ley-startups

La Orden PCM/825/2023 tiene como principal objetivo aclarar dos de los requisitos establecidos en la ley: el carácter de emprendimiento innovador y de emprendimiento escalable.

 En cuanto a la condición de emprendimiento innovador, la Orden PCM/825/2023 considera que una startup cumple este requisito en los siguientes casos:

a) Que los gastos en investigación, desarrollo e innovación tecnológica representen, al menos, un 15 por ciento respecto de los gastos totales de la empresa durante los dos ejercicios anteriores, o, en el ejercicio anterior cuando se trate de empresas de menos de dos años.

b) Que la empresa solicitante haya sido beneficiaria de inversión, financiación o ayuda públicas para el desarrollo de proyectos de I+D+i o de emprendimiento innovador en los últimos tres años sin haber sufrido revocación por incorrecta o insuficiente ejecución de la actividad financiada.

c) Que la empresa disponga de un informe motivado emitido por el Ministerio de Ciencia e Innovación, respecto a su alto grado de innovación.

d) Que la empresa acredite disfrutar de bonificaciones en la cotización a la Seguridad Social por tener contratado personal investigador.

e) Que la empresa disponga de un Sello Pyme Innovadora concedido por el Ministerio de Ciencia e Innovación.

f) Que la empresa disponga de Certificación de Joven Empresa Innovadora emitida por AENOR (EA0043) o de Certificación de Pequeña o microempresa Innovadora emitida por AENOR (EA0047) o Certificación conforme a la norma UNE 166.002-Sistemas de gestión de la l+D+i.

En caso de que la startup no cumpla ninguno de estos requisitos, deberá presentar una memoria en la que justifique alguno de los siguientes aspectos:

a) La presencia de innovación tecnológica, ya sea en desarrollo o explotación, y que pueda estar protegida por derechos de propiedad industrial (quedan excluidos marcas y nombres comerciales) u otros derechos como software o know-how protegidos, todos ellos relacionados con el modelo de negocio de la empresa solicitante. Se podrá solicitar la emisión de un informe potestativo a la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM) para la evaluación de este aspecto.

b) La presencia de innovación en productos, procesos, servicios y/o modelos de negocio.

En cuanto a la evaluación del carácter de emprendimiento escalable, la orden establece los siguientes criterios:

a) Grado de atractivo del mercado. Se valorará la oferta y la demanda del sector en el que opera la empresa solicitante, la generación de tracción, las estrategias de captación de usuarios o clientes, así como el crecimiento de la demanda, la sensibilidad de la demanda al ciclo económico, las barreras de entrada para nuevos oferentes, así como otros aspectos que pueden ayudar a establecer o inferir el grado de atractivo del mercado.

b) Fase de la vida de la empresa. Se valorará la implementación de prototipos y la obtención de un producto mínimo viable o la puesta en mercado del servicio. Así como la posición de la empresa solicitante en el mercado, si sus productos o servicios están o no en el mercado, desde hace cuánto tiempo se comercializan, cuánto tiempo llevan en desarrollo, o cuánto tiempo tardarán en llegar a la fase de comercialización, entre otros.

c) Modelo de negocio. Se considerará respecto de cada solicitante la escalabilidad del número de sus usuarios, del número de sus operaciones o de su facturación anual, así como la definición y monetización de su actividad, productos y/o servicios y los objetivos y naturaleza de su plan de inversión y su financiación.

d) Competencia. Se valorarán las empresas competidoras en su ámbito o sector de actividad y la diferenciación respecto de las mismas, incluyendo las fortalezas y debilidades que presentan las empresas competidoras respecto a la empresa solicitante.

e) Equipo. Se valorará la experiencia, formación y trayectoria del equipo que componga la empresa solicitante, tanto la experiencia previa en otras empresas y sectores afines del equipo directivo, como la solvencia y trayectoria de los socios.

f) Contratos con proveedores, suministradores y contratos de alquiler. Se considerarán las empresas y/o profesionales que prestan servicios a la empresa solicitante y su importancia en el proceso de producción.

g) Clientes. Se considerarán el volumen de clientes o usuarios de la empresa solicitante, su grado de concentración y su relevancia para la empresa en función de su diversificación.

Asimismo, se considerará que la empresa cumple con los requisitos si ha firmado una o varias pólizas con ENISA durante los últimos 3 años siempre que alguna esté vigente y no haya incidencias.

 Al tratarse de factores subjetivos, sometidos por tanto a la interpretación del analista responsable de cada proceso, ENISA ha publicado una guía orientativa que puedes descargar aquí

 

¿Cómo funciona el procedimiento de certificación?

Si tu startup cumple con los requisitos analizados y tienes a tu disposición los documentos exigidos, el procedimiento es sencillo: sólo tienes que acceder a la siguiente dirección y completar el formulario online desarrollado por ENISA

 ENISA podrá requerirte información o documentación adicional para acreditar el cumplimiento de los requisitos o para asegurarse de que no incurres en ninguna causa de incumplimiento.

 Si ENISA no responde en un plazo de tres meses desde la fecha de inicio del procedimiento de certificación, con la presentación de la solicitud y de la documentación necesaria, se considerará que el silencio administrativo es positivo y la startup adquirirá la condición de empresa emergente, aunque deberá solicitar el reconocimiento para que conste en los registros oportunos.

 

¿Cómo se pierde la certificación de empresa emergente?

ENISA recabará información de distintas entidades públicas españolas para verificar periódicamente si la empresa emergente continúa cumpliendo con los requisitos legales necesarios (como estar al día de sus obligaciones fiscales y laborales, tener menos de 5-7 años o no formar parte de un grupo en el que alguna otra empresa no cumpla los requisitos).

ENISA también hará revisiones aleatorias cada año, para verificar que dicho cumplimiento continúa, pudiendo exigir en cualquier momento a las empresas que aporten la documentación acreditativa necesaria.

Por último, las empresas están obligadas a comunicar cualquier causa de incumplimiento de los requisitos previstos en la Ley y en la Orden.

 En caso de que, como consecuencia de dichos procesos de revisión, ENISA decida dejar sin efecto la certificación, dicha pérdida de efecto se producirá en la fecha de la comunicación a la empresa, pero la pérdida de los beneficios asociados tendrá lugar desde la fecha en la que la empresa dejó de cumplir los requisitos, aunque ENISA no se hubiese llegado a pronunciar sobre este hecho.

 

CONCLUSIONES

La Orden de certificación de empresas emergentes define con mucho más detalle que la Ley de Startups los criterios y requisitos necesarios para obtener la certificación, pero continúa dejando a la interpretación del analista de ENISA responsable de cada proceso el cumplimiento de muchos de estos requisitos.

Las empresas que hayan firmado préstamos con ENISA durante los últimos tres años y se encuentren al corriente de los mismos, constituyen una excepción a esta norma, ya que podrán acceder a la certificación -siempre que cumplan el resto de requisitos- por la vía rápida.

 Si no sabes si tu empresa puede optar a la certificación, necesitas ayuda para conseguir la documentación o para preparar las memorias necesarias, o simplemente tienes dudas sobre el proceso y te gustaría iniciarlo con todas las garantías, ya puedes contactar con uno de nuestros especialistas, que te guiarán a través de todo el proceso. Puedes ponerte en contacto con nosotros aquí.

 

 

Luis GosalbezArtículo escrito por:

Luis Gosálbez

Socio director

luis@metricson.com

 

 

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